En la Disposición 21873 del BOE de 30 de diciembre se especifican los criterios generales que deberán cumplir las pymes y autónomos para ser beneficiarios del bono y que tendrá que gestionarlo mediante una empresa registrada como Agente Digitalizador.
¿En qué servicios se podrá emplear el Bono del KIT DIGITAL?
En la siguiente tabla se muestran las cantidades subvencionables por tamaño de empresa:Segmentos de beneficiarios | Importe del «bono digital» |
Segmento I. Pequeñas empresas entre 10 menos de 50 empleados. | 12.000 euros |
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados. | 6.000 euros |
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempreasas de entre 0 y menos de 3 empleados. | 2.000 euros |
A continuación, se muestra la tabla con las categorías de soluciones de digitalización y la ayudasegún el tamaño de la empresa:
Categorías de Soluciones de Digitalización |
Meses de prestación del servicio |
Ayudas por Segmento para las Categorías de Soluciones de Digitalización | |||
Segmento III 0-<3 empleados | Segmento II 3-<10 empleados | Segmento I 10-<50 empleados | Más Info | ||
Sitio Web y Presencia básica en Internet | 12 | 2000€ | 2000€ | 2000€ | Leer Más |
Sitio Web y Presencia avanzada en Internet | 12 | 2000€ | 2000€ | 2000€ | Leer Más |
Marketplace | 12 | 2000€ | 2000€ | 2000€ | Leer Más |
Comercio Electrónico | 12 | 2000€ | 2000€ | 2000€ | Leer Más |
Gestón de Redes Sociales | 12 | 2000€ | 2500€ | 2500€ | Leer Más |
Gestión de clientes | 12 | 2000€ (incluye 1 usuario) |
2000€ (incluye 11 usuario) |
4000€ (incluye 3 usuarios) |
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Business Intelligence y Analitica | 12 | 1500€ (incluye 1 usuario) |
2000€ (incluye 1 usuario) |
4000€ (incluye 10 usuarios) |
Leer Más |
Gestión de Procesos | 12 | 500€ (incluye 1 usuario) |
3000€ (incluye 3 usuario) |
6000€ (incluye 10 usuario) |
Leer Más |
Factura Electrónica | 12 | 500€ (incluye 1 usuario) |
1000€ (incluye 3 usuario) |
1000€ (incluye 3 usuario) |
Leer Más |
Servicios y herramientas de Oficina Virtual | 12 | 250€ / usuario | |||
(hasta 2 usuario) | (hasta 9 usuario) | (hasta 48 usuario) | Leer Más | ||
Comunicaciones Seguras | 12 | 125€ / usuario | |||
(hasta 2 usuario) | (hasta 9 usuario) | (hasta 48 usuario) | Leer Más | ||
Ciberseguridad | 12 | 125€ / usuario | |||
(hasta 2 usuario) | (hasta 9 usuario) | (hasta 48 usuario) | Leer Más | ||
(hasta 2 usuario) | (hasta 9 usuario) | (hasta 48 usuario) | Leer Más | ||
Factura Electrónica | 12 | 500€ (incluye 1 usuario) |
1000€ (incluye 3 usuario) |
1000€ (incluye 3 usuario) |
Leer Más |
Puesto de trabajo seguro | 12 | 1000€ | Leer Más |
¿Cuándo se podrá solicitar y ejecutar el KIT DIGITAL?
El plazo de presentación de solicitudes será al menos de tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria o hasta el agotamiento del crédito presupuestario de la convocatoria. No hay fecha oficial de apertura de convocatoria por el momento. Las convocatorias determinarán el segmento o los segmentos de beneficiarios que podrán solicitar la subvención pública correspondiente. El proceso de ejecución del KIT DIGITAL cuenta con 3 fases principales:- - Realización de la formalización de acuerdos de prestación de soluciones en un máximo de seis meses desde la notificación de concesión de la ayuda.
- - Implantación tecnológica en un plazo máximo de tres meses desde la validación de dicho acuerdo.
- - Fase de doce meses -a computar desde la fecha de la factura que cierre la implementación anterior- para el desarrollo y consolidación de esa tecnología dentro de la pyme.
Información para las Empresas Beneficiarias
Las empresas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos: - - Estar inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
- - Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- - No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- - No tener la consideración de empresa en crisis.
- - No estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
- - No superar el límite de ayudas de minimis.
- - Darse de alta como empresa solicitante en www.acelerapyme.gob.es
- - Realizar el autodiagnóstico de madurez digital dentro del área de usuario de www.acelerapyme.gob.es.
- - Las empresas adheridas como agentes digitalizadores no podrán optar al BONO DIGITAL
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